Inhabilitación profesional
Mediante esta cobertura se garantiza el pago de una indemnización mediante renta mensual resultante de la imposibilidad de trabajar si el Asegurado es condenado por sentencia judicial firme en un procedimiento penal a la pena especial para el ejercicio de la profesión de acuerdo con lo establecido en el vigente Código Penal.
¿A qué cuantía mensual tengo derecho?
La cuantía depende de lo contratado en su póliza de seguro, en ningún caso no podrá sobrepasar los ingresos medios obtenidos por el Asegurado en los últimos 12 meses de ejercicio de la profesión. Este límite está puesto por uno de los principios del seguro de que un Asegurado no puede enriquecerse por un siniestro.
¿Cuáles la duración de la cuantía?
Al igual que la cuantía, la duración de la renta depende de lo estipulado en su póliza de seguro y de la pena impuesta por el juez.
Factores a tener en cuenta.
- La inhabilitación se tiene que producir durante la vigencia del seguro de RC contratado.
- La sentencia condenatoria tiene que tener su origen en el ejercicio profesional
Ante una sentencia condenatoria la garantía de inhabilitación profesional resulta una ayuda imprescindible para sobrevivir antes la carencia de ingresos.